Noticias de Actualidad

Divorcio incausado propicia celeridad en la impartición de justicia

* Esta figura jurídica puede ser presentada de manera unilateral, es decir, que uno de los cónyuges puede solicitar el divorcio sin la necesidad del consentimiento del otro.

El matrimonio es la unión de dos personas que decidieron llevar una vida en común, adquiriendo con esta determinación derechos y obligaciones recíprocas, sin embargo, cuando este enlace ya no cumple con los fines y metas de los cónyuges, es cuando la mayoría de las parejas optan por llegar a la disolución de su matrimonio, buscando que este proceso se realice en el menor tiempo posible.

En este contexto, en Oaxaca existen tres tipos de divorcio: de mutuo consentimiento, administrativo e incausado, este último, se estableció a partir de las reformas realizadas al Código Civil y de Procedimientos Civiles por parte del Congreso del Estado, cuya finalidad es agilizar el proceso de disolución matrimonial, ya que no exige una causa concreta para realizarse y puede ser presentado de manera unilateral, es decir, que uno de los cónyuges puede solicitarlo sin la necesidad del consentimiento del otro.

En entrevista, el Magistrado Octavio Zárate Mijangos, Presidente de la Primera Sala Familiar del Poder Judicial del Estado (PJE), apuntó que este procedimiento jurídico se distingue por su practicidad, sólo debe presentarse la solicitud y el convenio de disolución ante la autoridad judicial, especificando: la guardia y custodia en caso de menores de edad, la repartición de bienes, pensión alimenticia, entre otras cosas.

Por su parte, el Magistrado José Luis Reyes Hernández, integrante de esta sala familiar, explicó que ante el hecho de la existencia de diversos prototipos de familia, la legislación local ha ido modificando sus enfoques, derivando en nuevas figuras jurídicas que se adaptan a nuestros tiempos y que permiten una economía procesal.

Reyes Hernández, explicó que el divorcio incausado se desarrolla en dos fases, la audiencia y la resolución, siendo esta última inapelable y sólo en casos extraordinarios se podría interponer juicio de amparo, resaltó que ahora las y los ciudadanos cuentan con un procedimiento que no sólo permite la disolución del matrimonio si no también, promueve las relaciones afectivas entre padres e hijos, al establecer un régimen de visitas y convivencias fijados de oficio por un juez.

“El fenómeno del divorcio no ha manifestado un incremento como tal, sucede que antes los prejuicios sociales impedían que una mujer decidiera separarse del esposo, teniendo que aguantar en algunos casos violencia. Actualmente, la mujer ha cobrado empoderamiento y

puede liberarse de un entorno de sufrimiento”, dijo la Magistrada en materia familiar, Alma López Vásquez.

En cuanto al daño emocional y psicológico que sufren los niños que viven estas experiencias de separación, las leyes en materia familiar señalan que se les debe brindar protección psicológica de inmediato, incluso si es necesario atención psiquiátrica; por ello en los órganos jurisdiccionales cuando se requiere de una trabajadora social o un psicólogo se procura otorgar este servicio a las y los infantes.

De igual manera explicó, que en los casos de separación, la jueza o juez debe privilegiar al padre o madre más apto para brindar las mejores condiciones de vida a las y los hijos, además enfatizó, que una de las ventajas de esta modalidad de divorcio, contempla que la presencia de los menores en los juzgados será necesaria sólo si la jueza o juez lo considera oportuno, respetando en todo momento sus derechos e integridad, procurando que su estancia no sea prolongada.

Cabe señalar que este tipo de divorcio está vigente en los estados Hidalgo, Tamaulipas, Sonora, Yucatán, Coahuila, Nuevo León, Ciudad de México y Oaxaca.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.

You cannot copy content of this page

WP Twitter Auto Publish Powered By : XYZScripts.com